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Beneficiarios |
Objeto de la Ayuda |
Requisitos de las actuaciones |
Importe de la Ayuda |
Plazo de solicitud |
Cooperativas y Sociedades Laborales, preexistentes o de nueva creación. |
Incorporación con carácter indefinido como socios trabajadores o socios de trabajo en Cooperativas y Sociedades Laborales de desempleados o de trabajadores con contrato de trabajo temporal* en la misma cooperativa o sociedad laboral. Para las incorporaciones realizadas entre el 1 de julio de 2021 y el 30 de junio de 2022, ambos inclusive. |
a) Menores de 30. b) Mayores de 45. c) De larga duración. d) Perceptores de Pago único. e) Mujeres durante los 24 meses siguientes al parto o adopción. f) Personas diversidad funcional. g) Exclusión Social. h) *Trabajadores temporales que pasan a socios. |
Colectivos a), b), c) y d) Hombres: 8.000 € Mujeres: 10.000 € Colectivo e): 10.000 € Colectivo f): 12.000 € Colectivo g): 12.000 € Colectivo h) Hombres: 6.000 € Mujeres: 7.500 € Las anteriores cuantías corresponden a jornada completa. Cabe ayuda, proporcional, por jornada parcial de 20 o más horas. |
Del 31 de enero al 30 de junio de 2023, inclusive. |
Beneficiarios |
Objeto de la Ayuda |
Requisitos de las Actuaciones |
Importe de la Ayuda |
Plazo de solicitud |
Cooperativas de Trabajo Asociado y Sociedades Laborales. |
a) Contratación de directores y gerentes. b) Estudios de viabilidad, organización, comercialización, diagnosis u otros análogos. c) Informes económicos y auditorías no obligatorios. d) Asesoramiento no habitual. |
- Hasta el 50% del coste con límite máximo: 20.000 € - No se concederán más de 2 asistencias por un importe global del quíntuple del capital social. |
Del 31 de enero al 31 de marzo de 2023, inclusive. |
Beneficiarios |
Objeto de la Ayuda |
Requisitos de las Actuaciones |
Importe de la Ayuda |
Plazo de solicitud |
Cooperativas, Sociedades Laborales y empresas de inserción. Cooperativas y Sociedades Laborales con socios trabajadores afectados por un ERE Cooperativas y Sociedades Laborales con socios trabajadores afectados por jubilación empresario individual. Cooperativas y Sociedades Laborales con socios trabajadores procedentes de empresas en crisis.
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- Inversión mínima 2.000€: - Inversión en activos fijos nuevos - Inversión en bienes usados, sólo para los casos de ERE, jubilación de empresario individual o procendete de empresa en crsis
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- Terrenos - Edificios ya construídos - Inmovilizado TICS - Equipos para la producción, maquinaria, herramientas o utillaje, - Mobiliario (empresas de determinados CNAE) - Vehículos industriales - Adquisición activos fijos (ERE o procedente de jubilación o empresa en crisis)
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- Hasta el 50% del coste de adquisición (incluye ordenadores y software personalizados). - Hasta el 40% y límite de 5.000€ en caso de webs. -30% en inmuebles y compras de ordenadores y software para gestión administrativa. - 10% en terrenos o inmuebles con inferior valor. Límites: La cantidad menor resultante de los dos casos siguientes: - Resultado de multiplicar el nº dde socios x 15.000 €, 13.000 € o 12.000 € (según la dimensión de la beneficiaria). - El quíntuple del capital social. |
Del 31 de enero al 31 de marzo de 2023, inclusive.
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Beneficiarios |
Objeto de la Ayuda |
Requisitos de las Actuaciones |
Importe de la Ayuda |
Plazo de solicitud |
Nuevas Cooperativas y Sociedades Laborales que se hayan constituido durante el 2º semestre de 2022 o en 2023 con anterioridad a la presentación de la solicitud. |
Gastos Notaría; Registros; permisos e Informes apertura local o establecimiento. Gastos asesoría y gestoría. Cuotas iniciales de alta de suministros. |
Al menos 2 socios trabajadores incorporados efectivamente al trabajo. |
(Hasta 4.000 € o, en el caso de beneficiarias de 4 o más socios, hasta 6.000 €).
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Del 31 de enero al 30 de junio de 2023, inclusive. |
Normativa:
Acceso a los procedimientos para la tramitación de estas ayudas AQUÍ (pendiente de apertura)
Es subvencionable el IVA NO RECUPERABLE.
Todas las ayudas se acogen al Reglamento de minimis